Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor enjuiciador, que previo el inspección de mi personería para actuar como comisionado de la parte demandante. https://meshbookmarks.com/story19969652/un-arma-secreta-para-modelo-demanda-laboral-despido-injustificado